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Todas las autoridades participantes deben actuar en el marco del respeto a la dignidad, buena fe, efectividad y exhaustividad, debida diligencia; con un enfoque diferencial, especializado y humanitario, con gratitud, igualdad y no discriminación, privilegiando el interés superior de la niñez, brindando la máxima protección.

Tienen la obligación de no re victimizar, actuar con perspectiva de género, realizar la búsqueda en vida y con apego absoluto a la verdad.

De igual forma, se debe procurar que las víctimas indirectas se encuentren emocionalmente estables, confirmar que cuenten con asesoría jurídica y en pleno ejercicio de sus derechos, con explicaciones claras y comprensibles de los avances de las acciones de búsqueda e investigación, precisando los resultados obtenidos.

Si se considera necesario, se deberá ordenar a favor de víctimas y testigos, las medidas de protección establecidas por la ley.

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